
Suspensión Condicional del Proceso en caso “El Chato” genera críticas
La Suspensión Condicional del Proceso otorgada en el caso ‘El Chato’ en Tijuana generó críticas por presunta falta de medidas de protección a la denunciante, según su defensa.
Tijuana, Baja California.– La Suspensión Condicional del Proceso concedida a José Carlos “N”, señalado por la muerte de un perro conocido como “El Chato”, generó críticas de la representación legal de la denunciante, al considerar que la resolución no incluyó medidas de protección para ella pese a su condición de adulta mayor y vecina contigua del imputado.
La determinación fue emitida el jueves 19 de febrero por el juez de control Ulises Chávez Castillo, quien otorgó esta salida alterna, lo que implica la suspensión del procedimiento penal por un periodo de dos años y seis meses, bajo determinadas condiciones.
Suspensión Condicional del Proceso: condiciones, plazo y reclamos (Suspensión Condicional del Proceso)
De acuerdo con lo expuesto en audiencia, la Suspensión Condicional del Proceso quedó sujeta a que el imputado cumpla condiciones durante el plazo establecido. Entre ellas, se indicó que deberá:
- Regresar a vivir en el mismo domicilio donde ocurrieron los hechos.
- No molestar a la denunciante.
- Contar con un empleo.
- Inscribirse a un programa de atención psicológica.
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Tras la resolución, Frank Ortiz, abogado de litigio estratégico de Abogados Animalistas México, quien representa a la denunciante, sostuvo que la Suspensión Condicional del Proceso se otorgó sin establecer medidas de protección a favor de la víctima, a pesar de que —según su defensa— se trata de una mujer adulta mayor que vive sola y colinda con el domicilio del imputado.
El litigante señaló que, desde su perspectiva, la resolución omitió aplicar criterios con perspectiva de género y no consideró derechos previstos en la Ley General de Víctimas y la Ley de Víctimas del Estado, así como criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el amparo en revisión 710/2019, argumentos que afirmó serán relevantes para la revisión jurídica del caso.
Además, Ortiz indicó que el objetivo de este tipo de medidas debe incluir garantías que eviten la repetición de hechos y brinden certeza a las víctimas.
Suspensión Condicional del Proceso y medidas de protección a la denunciante
Uno de los puntos centrales del reclamo es que la víctima sería vecina contigua del imputado y, conforme a lo planteado por su defensa, requeriría medidas de protección específicas por el riesgo de convivencia cercana.
El abogado argumentó que, si bien se estableció como condición “no molestar a la denunciante”, la resolución no contempló medidas adicionales que, a su juicio, serían necesarias para garantizar seguridad y tranquilidad, tomando en cuenta el contexto y el perfil de la denunciante.
En declaraciones posteriores a la audiencia, Ortiz afirmó que una parte de los derechos de las víctimas incluye la no repetición y que las decisiones judiciales envían mensajes sobre el tratamiento de este tipo de conductas.
Qué dijo Abogados Animalistas México sobre el caso “El Chato”
La defensa de la denunciante sostuvo que la decisión vulnera derechos de víctimas tanto en el ámbito animal como humano, al considerar que no se establecieron salvaguardas suficientes para evitar escenarios de riesgo o intimidación.
Ortiz aseguró que existen elementos que, desde su punto de vista, hacen evidente la imputación, y cuestionó que el juzgador no haya incorporado medidas que refuercen la seguridad jurídica de la parte denunciante. También sostuvo que la resolución impacta en la percepción de sanción y en la prevención de conductas similares.
Hasta el momento, no se informó públicamente si la representación legal de la denunciante promoverá recursos adicionales, aunque el abogado anticipó que revisarán los mecanismos legales disponibles.



