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MEXICALI. – La Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Baja California ( CEDHBC ) emitió las recomendaciones 05 y 08/2021, dirigidas al Ayuntamiento de Mexicali, debido a que se comprobó una serie de vulneraciones a los derechos humanos de las personas por parte de la autoridad.


El ombudsperson, Miguel Mora, informó que la recomendación 05/2021 es sobre un caso en donde no se brindó adecuadamente el servicio de emergencia por violencia contra la mujer, lo que trajo como consecuencia la pérdida de la vida de la víctima, constituyendo vulneraciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica y a la vida, en hechos que ocurrieron en junio de 2019.


A continuación se realiza una síntesis de los hechos que devinieron en la emisión de la recomendación, utilizando nombres de víctimas que estuvieron involucradas en otros casos, con el propósito de honrar su memoria y, asimismo, proteger la identidad de las víctimas de estas recomendaciones: El 9 de junio de 2019, Lourdes realizó una llamada telefónica al sistema de emergencia 911, a través de la cual solicitó la presencia de unidades policiacas para atender el llamado de auxilio de Mariana (mujer de 55 años), misma que se encontraba al interior de su domicilio, ubicado en la colonia Ampliación Solidaridad Social en Mexicali, generándose con ello el incidente no. 1.


Posteriormente, Lourdes llamó de nueva cuenta al 911 e informó que no había acudido ninguna unidad policial para atender el llamado de auxilio; proporcionó nuevamente la ubicación, brindando en esa ocasión su nombre y vestimenta para facilitar la localización del domicilio, generándose con ello el incidente no. 2, sin que acudiera ninguna autoridad para brindar apoyo a la persona que lo requería.


Finalmente, el 10 de junio de 2019 se generó el incidente no. 3, en el que Manuel (yerno de Jorge) realizó una llamada al 911 para reportar que, al llegar a casa de Jorge, observó que al parecer se encontraba bajo los influjos del alcohol, con sangre en la ropa y manos, además de que, dentro del domicilio, encontró a Mariana en el suelo, muerta y cubierta de sangre, así como un cuchillo con sangre que se encontraba sobre la barra.


Por otro lado, el presidente de la CEDHBC detalló que la Recomendación 08/2021 trata sobre el caso de vulneraciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica y a la legalidad, por la detención arbitraria y retención ilegal, así como a los derechos a la integridad y seguridad personal, por el uso excesivo de la fuerza en agravio de un hombre, acciones llevadas a cabo en octubre de 2020 y atribuidas a elementos policiales adscritos a la Dirección de Seguridad Pública Municipal (DSPM) de Mexicali.


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Como síntesis, el 17 de octubre de 2020, Javier (de 18 años) se encontraba estacionado sobre una avenida de la colonia Segunda Sección, Mexicali, a bordo de su vehículo en compañía de Raquel, su amiga, cuando llegó Antonio (elemento policial adscrito a la DSPM) quien descendió de la patrulla y sin motivo le requirió de manera agresiva la exhibición de su identificación y ordenó con insultos que bajara del vehículo, a lo cual Javier se negó por no existir motivo alguno para ello.


Antonio de manera intempestiva abrió el vehículo de Javier, lo agarró y apretó del cuello con su mano izquierda y le ordenó que descendiera del carro. En ese momento sacó una pistola y se la puso en la cabeza a la altura de la sien izquierda, momento en el cual Raquel solicitó a Antonio que lo dejara, ya que no habían hecho nada; fue en ese momento que Javier descendió de su vehículo. Después arribó al lugar de los hechos la unidad tripulada por Pedro (elemento policial adscrito a la DSPM) quien en compañía de Antonio sometieron a Javier con golpes, estrellándolo contra la patrulla. Posteriormente, Javier fue llevado a una patrulla de la DSPM y posicionado en la parte trasera, con Álvaro, quien lo golpeó e insultó durante todo el trayecto.


Al llegar a las inmediaciones de la Subcomandancia Zona Centro, pero sin ingresar al edificio, Álvaro bajó de la unidad a Javier, lo arrojó al piso y lo arrastró por el pavimento. Fue en ese momento cuando la víctima escuchó una discusión que se suscitó entre los mismos oficiales, en virtud de que no había motivos legales para justificar la detención de Javier, por lo que, después de esa discusión, Álvaro le quitó las esposas a la víctima y fue entregado a Hugo para que se lo llevara, sin haber sido presentado ante la autoridad correspondiente.


Con base en lo anterior, Miguel Mora subrayó que estas recomendaciones establecen de manera prioritaria la reparación del daño y la implementación de mecanismos de no repetición para la autoridad.


Finalmente, agregó que la CEDHBC busca, en estos pronunciamientos, la utilización de un lenguaje asequible para el entendimiento de todas las personas. Aunado a esto, se insta a las autoridades señaladas que, como parte de las medidas de no repetición, capaciten a su personal por medio de programas educativos diseñados por una institución educativa o asociación civil.


Los documentos completos de las Recomendaciones 5 y 8/2021 pueden ser consultados en los siguientes vínculos:
• https://bit.ly/3nQADDB
• https://bit.ly/3CgiWBg

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