MEXICALI.- Con 20 votos a favor y 2 abstenciones el dictamen 17 el Congreso del Estado aprobó que en Baja California los padres elijan el orden de los apellidos de sus hijos mediante la modificación del artículo 59 del Código Civil del Estado, a fin de que el primero de sus párrafos quede de la siguiente manera:
“Salvo en los casos previstos por este Código, los padres y adoptantes acordarán por mutuo consentimiento el orden en que se registrarán los apellidos que llevará su hijo o hija”.
Esto fue bajo el argumento de que con dicha reforma “se garantizará la igualdad jurídica entre mujer y hombre en Baja California”.
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Históricamente el apellido del padre se asienta primero, pero con esta práctica se relega a la mujer a un rol secundario en el ámbito familiar.
El Amparo 208/2016, resuelto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se decidió que es inconstitucional obligar a registrar a un recién nacido anteponiendo el apellido paterno.
El Código Civil de Baja California no establece el orden de los apellidos; sin embargo, por costumbre se antepone el paterno.
Estados de Yucatán, Durango, el Estado de México y Morelos han reformado su ley para permitir la libre elección del orden de los apellidos.
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