CIUDAD DE MÉXICO.- Cancelarán la licencia de conducir a quien maneje ebrio o bajo la influencia de una sustancia tóxica, luego de que el Congreso capitalino aprobara varias modificaciones a la Ley de Movilidad.

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La Secretaría de Movilidad capitalina (Semovi) puede suspender de forma temporal o definitiva la licencia a automovilistas, conductores de transporte público y de carga.


Además, la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) podrá retener la licencia de quienes provoquen algún accidente vial bajo el efecto de sustancias.


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En el caso de quienes incurran por primera vez en la infracción de conducir bajo el efecto de sustancias, la suspensión de las licencias tendrá una vigencia de un año y para quienes lo hagan por segunda ocasión, la sanción será de tres años; en ambos casos los conductores se someterán a tratamiento contra adicciones.


Al momento de la sanción, los oficiales de la SSC retenerán los documentos y en caso de que no cuenten con una licencia expedida por el gobierno capitalino, quedarán impedidos para realizar el trámite en la Ciudad de México.


La cancelación de la licencia implicará que no podrán conducir durante el periodo de suspensión de la misma, sin importar que cuenten con una licencia expedida por otra entidad o por un país distinto; en caso de no obedecer, pagará una multa de 16 mil 131 pesos y la remisión de su auto a un depósito.


Además, el Congreso aprobó reformas al Código Penal para incrementar las penas de 5 a 13 años de prisión para quienes resulten culpables de lesiones y homicidio culposos por accidentes de tránsito.

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