MÉXICO.- Para garantizar la continuidad del servicio público municipal y que el desarrollo de las actividades del Gobierno Municipal no se detenga durante este periodo de contingencia sanitaria, la Alcaldesa Marina del Pilar Ávila Olmeda, propuso ante el Cabildo local, el desarrollo de sesiones virtuales de cabildo.

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Durante la XXI Sesión Extraordinaria, celebrada en el edificio municipal, Marina del Pilar explicó que las modificaciones aprobadas permitirán darle continuidad a los trabajos que se efectúan al interior de las comisiones de Cabildo local, en beneficio de la ciudadanía, además de promover iniciativas relacionadas con acciones enfocadas a abatir los efectos de la pandemia en el Municipio de Mexicali. 


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La Presidenta Municipal, subrayó que en este momento se trata de sumar esfuerzos para salir adelante de esta situación y en este sentido el Gobierno Municipal ha venido implementando las medidas preventivas necesarias para evitar la propagación de COVID-19.

“Esta contingencia no es una broma, y considero que todos debemos sumarnos, ya que este es un gobierno de territorio y no de escritorio. En el Ayuntamiento de Mexicali estamos preparados para enfrentar esta situación”, enfatizó la Acaldesa.

Indicó que bajo la modalidad de sesiones virtuales, los regidores tendrán la obligación de asistir, participar y permanecer en dichos ejercicios, a través del medio electrónico que acredite la Secretaría del Ayuntamiento de Mexicali.

Ávila Olmeda, agregó que será considerada inasistencia cuando los ediles no accedan en tiempo y forma al mecanismo aprobado, además se garantizará que dichas sesiones se transmitan en vivo por medios oficiales.

En cuanto al orden de sesiones virtuales, la Alcaldesa subrayó que se aplicarán las reglas previstas para las sesiones presenciales.

Finalmente, la Presidenta Municipal agradeció el apoyo de integrantes del Cabildo local, para la aprobación de las reformas al Reglamento Interior del Ayuntamiento de Mexicali, Articulo 33 Bis del Reglamento de las Entidades Paramunicipales y 31 Bis y 31 Ter al Reglamento de la Administración Pública.


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