AGENCIAS.- Las pensiones que se ubican entre 10 y 25 salarios mínimos son gravadas con el Impuesto Sobre la Renta (ISR) esto tras la actualización del cálculo que se realizó el año pasado a dicho impuesto.

Entonces, 3.5 millones de personas, que representan el 94 por ciento del total de la población pensionada y que reciben una pensión mensual menor a 20 mil pesos, en noviembre de 2019, no observaron ninguna retención de ISR, lo que les representa un mayor ingreso disponible.

En tanto, 148 mil extrabajadores, que representan cuatro por ciento del total de la población pensionada, reciben una pensión mensual que va de los 20 mil hasta los 38 mil pesos, donde la pensión y el aguinaldo juntos exceden los 38 mil pesos del monto exento de retención de ISR, sí fueron sujetos de retención de dicho gravamen en noviembre pasado.

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Pero como el ingreso anual es menor al exento anual (460 mil pesos), en la nómina de diciembre de 2019, conforme al cálculo anual del ISR, se les aplicaron la devolución correspondiente de este impuesto.

Fuera de este beneficio quedaron aquellos casos que estén obligados a presentar declaración anual ante el SAT.

No obstante, la Ley del ISR indica que la exención aplica para quienes ganen hasta 15 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) elevado al mes, lo que se traduce en cerca de un total de 39 mil 617.25 pesos.

Pensiones con tope de 10 Salarios Mínimos

Ayer se conoció que la Suprema Corte de Justicia (SCJN) emitió una jurisprudencia en el sentido de que las pensiones basadas en la ley de 1973 del IMSS deben toparse a 10 salarios mínimos y no en 25.

Al respecto, la diputada Martha Tagle, de Movimiento Ciudadano, dijo que con esa decisión millones de personas será verán afectadas, al menos los que optaron por el régimen del IMSS antes del 1997.

“Las generaciones que siguen no alcanzarán ni los tres salarios mínimos con sus Afores”, afirmó.

“La SCJN tiene por mandato aplicar el principio pro-persona, y resolver conforme a lo que protegiera de mejor manera los derechos sobre una controversia de tesis, sin embargo, no lo hizo así”, alegó.

El artículo vigésimo quinto transitorio del decreto LSS 1995 establece con toda claridad el tope de hasta 25 salarios mínimos, hoy UMAS, para la pensión por Invalidez, Cesantía en Edad Avanzada,vejez y muerte.

“Ahora con esta resolución de la Corte se quiere bajar la base de la pensión”, denunció la legisladora.

“El gobierno y los llamados neoliberales crearon este problema. Lo iniciado por el presidente Ernesto Zedillo, continuado por Vicente Fox, Felipe Calderón y Enrique Peña ha culminado con el presidente López Obrador”, planteó la legisladora en referencia a que la tercera resolución estaría generando jurisprudencia.

“Adicionalmente se propone ahora aplicar UMAS en lugar de salarios mínimos, lo que haría más grave la situación. Esta unidad fue creada en 2016 con el objetivo de desindexar al salario mínimo con el pago de ciertas obligaciones fiscales, pero no las pensiones. Las UMAS son menores que los salarios mínimos”, argumentó.

Tagle dijo que, independientemente de que se gravan fiscalmente las pensiones, es un hecho aberrante que se pague un impuesto sobre un ahorro cuya base de ingreso ya fue gravado.

La legisladora emecista consideró que el Congreso de la Unión deberá abrir un debate lo sucedido y tomar acciones que eviten mayores injusticas.

“Por justicia y responsabilidad política, a los legisladores nos toca proponer una alternativa, que sea en salarios mínimos, no UMAS y pensiones no gravadas. Hay que ver la legislación y convenios internacionales”, propuso.

Con información de Excelsior