CIUDAD DE MÉXICO.- Golpear a un hijo no quita la custodia, determina la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

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Al resolver un amparo en revisión, la SCJN determinó que cada caso en los que se solicite cambio de guarda y custodia de un menor de edad por un incidente de maltrato corporal,  debe decidirse analizando las circunstancias del hecho y en función del interés superior del niño.

La sala concretó que si el padre que ejerce la guarda y custodia reprende a sus hijos de manera física, no implica que automáticamente se los quiten.


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 “Los actos de violencia física no conducen en automático a negar la función de la guarda y custodia al progenitor que ejerció la violencia para otorgarla al otro, sino que se deben ponderar todos los elementos del caso para garantizar que la decisión sobre quién ejercerá sus cuidados y quién mantendrá un régimen de convivencia con él sea el escenario de mayor beneficio para el menor de edad”, detalló.

En el amparo resuelto, un padre demandó el cambio de guarda y custodia de su hijo, porque la madre lo reprendió físicamente.

Asimismo, en el amparo se estimó que es un caso aislado y hecho como una medida disciplinaria, que no encajaba en la definición de castigo corporal de la doctrina del Comité de los Derechos del Niño.

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