CIUDAD DE MÉXICO.- La declaración ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT) de las ganancias obtenidas en una tanda, es una pregunta frecuente, por ello, el organismo recuerda cuándo se debe cumplir con las obligaciones.

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El objetivo de la declaración de ingresos ante el SAT es certificar el cumplimiento anual de las obligaciones fiscales a través de la presentación de declaraciones provisionales o definitivas de impuestos federales, que contenga la información de ingresos, deducciones, actos y actividades a través de este portal.


La declaración debe presentarla anualmente si cumple con las siguientes condiciones:


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-Si obtuviste ingresos mayores a 400 mil pesos en el año.
-Si trabajaste para dos o más patrones en el mismo año, aún cuando no hayas rebasado los 400 mil pesos
-Si solicitaste por escrito a tu patrón que no presentara tu declaración anual.
-Si dejaste de prestar tus servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate.
-Si prestaste servicios por salarios a personas que no efectúan retención como embajadas u organismos internacionales.
-Si obtuviste otros ingresos acumulables (honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, entre otros) además de salarios.


Todo ingreso extra, incluido el dinero de la tanda debe declararse ante el SAT, siempre y cuando se mantenga ese depósito en una cuenta bancaria, ello para evitar irregularidades o discrepancias.


En caso de que no tengas el monto depositado en el banco, se recomienda hacerlo para evitar problemas en la declaración anual.


Cabe señalar que cuando los bancos detectan algún depósito mayor a 15 mil pesos lo notifican al fisco, por lo que es recomendable presentar en tu declaración todos los ingresos extras recibidos.

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