AGENCIAS.- Legisladores de Morena y el Partido Verde presentaron una iniciativa para modificar la constitución y se castigue con la pena de muerte los delitos de violación, feminicidio y homicidio doloso.
El documento presentado este martes lo encabezan Arturo Escobar coordinador del Partido Verde y señala buscan quitar obstáculos constituciones para reestablecer la pena de muerte en el país.
“La pena de muerte se encuentra proscrita del orden jurídico mexicano desde el año 2005, la Constitución Política expresamente la prohíbe, por ello, para implementarse nuevamente debe adecuarse el orden jurídico”, detalla el contenido del texto.
En esta primera iniciativa, que suscriben 20 diputados de ambos partidos, busca modificar los artículos 18, 22, 29 y se adiciona el 94.
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“Queda claro que agravar las sanciones penales o incluso imponer cadena perpetua para ciertos delitos no ha resultado una solución efectiva para inhibir la comisión de crímenes de extrema crueldad. Es deber y obligación del Estado enfrentar a los criminales más desalmados con la severidad que se merecen y creemos que la pena de muerte representa un castigo que podría ayudar a reducir la magnitud y la frecuencia de crímenes como los que aquí hemos referenciado”, detalla el documento.
“El artículo 22 de nuestra Carta Magna establece un catálogo expreso de penas cuya imposición se encuentra prohibida en México. Una de esas penas prohibidas conforme al texto constitucional vigente es la muerte, de tal manera que resulta necesario eliminar dicha prohibición a fin de abrir la posibilidad legal para el establecimiento de la pena de muerte como consecuencia jurídica de un delito que, en congruencia con este precepto constitucional, deberá ser proporcional a: (i) el delito sancionado y (ii) el bien jurídico afectado.
“Cabe mencionar que, tal como se advertirá en la iniciativa de reformas legales que complementa a la presente iniciativa de reformas constitucionales, el tipo penal al que se propone que se aplique la pena de muerte es el homicidio doloso y el feminicidio cuando la víctima sea menor de dieciocho años, así como la violación cuando dolosamente los autores o partícipes priven de la vida a su víctima y ésta sea menor de dieciocho años”, describe el proyecto.
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