CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), avala el derecho de la objeción de conciencia y declara que no es una restricción al derecho a la salud.

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En sesión, los ministros establecieron que el personal de salud puede negarse a practicar procedimientos, entre ellos, la interrupción legal del embarazo, excepto cuando se trate de urgencias médicas o esté en riesgo la vida de la persona.


El ministro, Luis María Aguilar Morales afirmó que es una cuestión individual que los médicos ejercen con base en su libertad religiosa e ideológica.


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Arturo Zaldívar, ministro presidente de la Corte, reprochó que se establezca la libertad religiosa como elemento del derecho a la objeción de conciencia.


Sin embargo, fueron ocho votos favorables los que respaldaron la postura del ministro, Aguilar Morales por avalar este derecho.


Asimismo, por unanimidad, se reconoció que esta figura no restringe el derecho a la salud ya que existen limitantes a ejercerlo como el del peligro a la vida y la urgencia médica.


Cabe señalar que Zaldívar levantó la sesión sin concluir el análisis con respecto a dicha figura.

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