
Aprueban instituto para ‘autos chocolates’
La comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales del Congreso local, aprobó la ley del Instituto de Identidad Vehicular y Combate a la Contaminación del Estado de Baja California, donde se deberán registrar todos los automóviles de procedencia…
MEXICALI.- La comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales del Congreso local, aprobó la ley del Instituto de Identidad Vehicular y Combate a la Contaminación del Estado de Baja California, donde se deberán registrar todos los automóviles de procedencia extranjera cuyo estatus sea irregular, conocidos popularmente como ‘chocolates’.
De acuerdo con el dictamen aprobado la noche del jueves, el INIDEV “será el organismo responsable de la operación, administración, censo e identificación de vehículos de procedencia extranjera que se encuentren y circulen en Baja California y su relación con los propietarios” y deberá “llevar a cabo el Censo de Identificación Vehicular sobre vehículos de procedencia extranjera”.
Los automotores que deberán registrarse ante el INIDEV son aquellos “que circulan bajo el amparo de organizaciones que les tutelan el trámite de importación vehicular” o “cualquier otro vehículo de motor de procedencia extranjera, cuyo ingreso y estancia en el territorio de Baja California se encuentre al margen de las formalidades establecidas en la Ley Aduanera y demás ordenamientos federales”.
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El INIDEV estará dirigido por una junta de gobierno, presidida por el Secretario General de Gobierno, y un director general, que tendrá voz, pero no voto, en las decisiones de esta. También formarán parte del mismo los titulares de Hacienda, Economía Sustentable y Turismo, así como el director del Instituto de Movilidad y Transporte del Estado.
Todos los “principios, criterios, normas y políticas tendientes a ejercer las atribuciones del Instituto”, necesitarán la previa validación de la Secretaria General de Gobierno.
Respecto al Censo de Identificación Vehicular, los automovilistas que registren su vehículo deberán “presentar los documentos pertinentes que acrediten legalmente la propiedad”, y “tratándose de personas físicas, presentar licencia de conducir vigente del Estado”.
“Los propietarios de estos vehículos deberán efectuar el registro ante el Instituto dentro del plazo de 4 meses a partir del inicio de sus operaciones”, tras el cual se harán acreedores a sanciones que irán de 261 a mil 303 pesos.
El registro durará 12 meses, tras los cuales deberá efectuarse un refrendo “a más tardar el último día hábil del mes de enero del año que corresponda”.
Aunque en la propuesta de ley original aparecía un costo de mil pesos por vehículo, en el dictamen aprobado ayer ya no se establece de cuánto será el monto para registrar a estos automóviles.
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