CIUDAD DE MÉXICO.- La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad la reforma al Código Penal Federal para establecer la persecución de oficio el delito de violencia familiar, es decir, no habrá necesidad que la víctima denuncie.
Con 434 votos se avaló el proyecto y fue turnado al Senado de la República para para su análisis, y ratificación.
El dictamen adiciona un tercer párrafo al artículo 343 Bis al Código Penal.
La legislación vigente sólo contempla la persecución a la violencia a través de la querella, con la indispensable voluntad del ofendido para promover, y ejercer la acción penal.
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Además, detalla que a la violencia física en la familia frecuentemente la acompaña la psicológica, en consecuencia, es posible aseverar que no se contemplan los casos en los cuales la violencia psicológica hace que las víctimas sean susceptibles de amenazas, intimidación, temor o control, lo cual puede imposibilitarlas a ejercer acción penal contra el agresor.
Por ello, la persecución por oficio resulta necesaria en aquellos casos que por cuestiones de índole psicológica, la víctima se encuentra impedida para presentar querella contra el agresor.
Según cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), de 46.5 millones de mujeres de 15 años y más en todo el país, casi 31 millones (66 por ciento) han enfrentado violencia de cualquier tipo alguna vez en su vida.
Asimismo, de cada 100 víctimas de violencia familiar, 91 son mujeres y nueve hombres.
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