AGENCIAS.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó este miércoles un proyecto que ordenaba al Congreso de Veracruz despenalizar el aborto en las primeras doce semanas de gestación.
El proyecto se desechó con cuatro votos en contra y uno a favor del Ministro Juan Luis González Alcántara, que indicaba que mantener penalizado el aborto viola tratados internacionales que prohíben discriminar a las mujeres.
En sí los Ministros no discutieron sobre la penalización del aborto sino que señalaron que el amparo promovido por organizaciones civiles en Veracruz es improcedente.
"La Corte ha establecido que existe omisión cuando hay mandato constitucional o legal de legislar en un sentido y en un plazo. Ese ha sido el criterio", explicó la Ministra Norma Piña
"La Corte no puede sustituir al Congreso para ordenarle un contenido legislativo específico, porque no existe un mandato Constitucional de legislar en ese sentido".
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La ministra enfatizó que, incluso si existiera tal mandato, los Ministros no podrían ordenarle a la Legislatura cuál es el contenido que debería tener la norma.
"La Corte incurriría en activismo judicial, que desbordaría por muchos sus facultades constitucionales".
La Ministra Margarita Ríos-Farjat coincidió con Piña en que no hay omisión, porque la interrupción del embarazo sí está normada en Veracruz.
"Hay un problema técnico jurídico que me impide pronunciarme sobre el fondo del asunto", dijo.
Los Ministros Jorge Pardo y Alfredo Gutiérrez también votaron en contra del proyecto y por la improcedencia del amparo, sin hacer juicios sobre la legislación vigente en Veracruz.
La Corte nunca ha aprobado una sentencia que condene la penalización del aborto.
En 2008, el Pleno de la Corte avaló, por 8 votos contra 3, la despenalización del aborto en la Ciudad de México, pero con opiniones distintas de cada uno de los ministros de la mayoría y sin generar jurisprudencia.
El proyecto de González Alcántara se basaba en los tratados de la ONU y de la Organización de Estados Americanos para eliminar la discriminación y la violencia contra las mujeres.
Ministro insistió en que Veracruz incurre en omisión legislativo
Ninguno de ellos prohíbe expresamente penalizar el aborto, pero en la sesión de hoy, González Alcántara insistió que Veracruz ha incurrido en omisión legislativa, porque mantener dicha sanción desconoce el amplio alcance del derecho a la salud y la libertad reproductiva de las mujeres.
"Para esta Primera Sala, la prohibición total de la interrupción del embarazo -vía tipificación penal- es una barrera que genera discriminación en contra de las mujeres en relación con el acceso al derecho a la salud", se leía en el proyecto.
"Las decisiones de la mujer durante el periodo de las primeras doce semanas del embarazo, previos al periodo fetal, son parte de su esfera privada que no está sujeta a la potestad sancionadora del Estado. Por lo tanto, no es acorde con las obligaciones convencionales aparejar una sanción penal por la interrupción del embarazo durante este periodo".
En Veracruz, la mujer que aborta voluntariamente no enfrenta cárcel, pero sí "tratamiento en libertad, consistente en medidas educativas y de salud".
"Sancionar el aborto con una 'medida educativa' o 'de salud', por subyacerles un reproche penal, también son formas de infantilizar a la mujer, puesto que ponen en tela de juicio su capacidad decisoria y prejuzgan que la decisión que tomó en relación con su cuerpo no es adecuada, razonamiento que es estereotípico", mencionaba el proyecto.
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