AGENCIAS.- La pensión por viudez es un derecho que tienen los cónyuges de los trabajadores que hayan generado el derecho.
Sin embargo algunos casos se vuelven problemáticos debido a la falta de certeza jurídica que pueda acreditar como cónyuge o concubina; por lo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respondió al respecto.
En los casos extraordinarios donde más de una mujer reclama el derecho la SCJN precisó que existen obstáculos.
Ello derivó del caso de un trabajador de Petróleos Mexicanos (Pemex) quien después de fallecer dos mujeres se acreditaron como esposas y, exigieron a la estatal la pensión económica.
Detienen banda de secuestradores en Tijuana
Por lo anterior, la Segunda Sala de la SCJN intervino en el asunto para definir si las dos esposas del trabajador tenían el derecho de recibir la pensión por viudez donde halló que el trabajador designó como beneficiaria de la pensión a una de ellas; pero, la otra demostró el vínculo matrimonial.
Ante tal panorama, la SCJN determinó que ambas esposas podrán recibir la pensión por viudez luego que la Junta de Conciliación y Arbitraje tuvo una resolución que no dejó conforme a las mujeres.
La SCJN señaló que Pemex no podrá hacer un pago doble sino que el apoyo económico será repartido equitativamente entre las beneficiarias.
“Las prestaciones otorgadas al cónyuge deben ser proporcionales a cada una de las personas que hayan acreditado contar con ese vínculo matrimonial”, precisó.
En este caso, el trabajador de Pemex murió en septiembre de 2016, es decir que el conflicto entre sus deudos quedó resuelto más de siete años después de su muerte.
Una de las mujeres es originaria de Veracruz y la segunda de Nuevo León. ambas declararon tener hijos en común con el empleado de Pemex.
El trabajador laboró para las empresas Pemex, Pemex Petroquímica y para la Productiva del Estado Subsidiaria de Petróleos Mexicanos de nombre Pemex Transformación Industrial, en el Centro de Trabajo Complejo Petroquímico Cangrejera.