AGENCIAS.- Actualmente se discute en el Congreso el tema de las afores por lo que ha surgido la duda de muchos ciudadanos sobre lo que pasará con su dinero.

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Los fondos que tienen las afores no prescribe aunque pasen los años por lo que alguien que tiene más de 65 años o 70 cumplidos puede reclamarlos.

Incluso si un familiar falleció puede hacer el trámite para recuperar los fondos acumulados.

De acuerdo con El Economista los recursos que administran las afores son imprescriptibles, es decir, que el trabajador siempre mantiene el derecho sobre ellos.

En caso de que se trate de recursos de una persona que falleció, en los últimos 27 años que es lo que tiene el actual sistema de pensiones, si eres beneficiario o familiar directo puedas reclamarle a la afore la devolución de ese dinero.


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Para ello puedes consultar en www.e-sar.com.mx para lo que necesitarás tu número de seguridad social, la CURP y un correo electrónico.

Actualmente, la Ley del Seguro Social señala que aquellos trabajadores que, en edad de pensionarse, después de 10 años no reclamaron el retiro de su dinero, el IMSS puede pedir el importe de las cuentas individuales y depositarlo dentro de una reserva técnica donde lo estará administrando, sin embargo, en caso de que, con el tiempo el trabajador pida sus recursos, el Instituto deberá entregarlos.

Las Afores administran el dinero a menos que sean cuentas que no tienen actividad durante los últimos seis meses pues esos recursos se van al Banco de México pero la Afore tiene el registro e información de la cuenta.

Con la reforma que está en análisis se busca que los trabajadores reciban 100% de su último salario como monto de pensión, pero topado a 16,777 pesos y para ello se propone la creación de un Fondo de Bienestar para Pensiones, que sería el encargado de tener el dinero que garantice las pensiones completas. El plan es que este fondo se constituiría, entre otros, con recursos de las afores de trabajadores de 70 años y más que no hayan reclamado su dinero en la afore.

Esto contempla los recursos completos registrados en la afore, incluyendo los que existan en la subcuenta de vivienda, que también registran las afores, pero cuyo dinero administra el Infonavit.