TIJUANA.- La constructora URBI y la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana (CESPT) celebraron un contrato por el cual,  en cualquier momento 6 mil viviendas podrían quedarse sin drenaje en las diversas secciones del fraccionamiento Villas del Álamo.

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El actual director de la paraestatal, Enrique Ruelas Martínez y algunos de sus antecesores, aceptaron la entrega de esas viviendas, a pesar de saber que es rentada la propiedad en donde están un regulador de agua y el cárcamo de las aguas residuales.

En tribunales, los dueños del inmueble exigieron a la edificadora CYD Desarrollos Urbanos S.A. de C.V. (URBI) la devolución de los terrenos o en su caso, el pago correspondiente. También le hicieron de conocimiento a la CESPT sobre la ilegalidad cometida por firmar la entrega de bienes que no son propiedad de la constructora que cotiza en la Bolsa Mexicana de Valores (BMV).
Miles de familias que ahí habitan desconocen que en cualquier momento sus hogares pueden ser desconectados del drenaje y en consecuencia sufrir los efectos de un litigio concluido en todas las instancias.

EL CONFLICTO

Todo data del año 2010. El 1 de junio de ese año, la constructora URBI le informó mediante un oficio a la CESPT que iban a construir una válvula reguladora de presión, como cárcamo, documento contenido en el expediente integrado en el tribunal y que buscan hacer valor los abogados de la firma inmobiliaria.

Pero la compañía, no tenía un espacio físico en dónde realizarlo alrededor del complejo habitacional.
Es por eso que busca a los dueños de los lotes 3 y 67, manzanas 367 y 360.
El 6 de junio de 2012, la firma propietaria de los terrenos celebró un contrato de arrendamiento con URBI.


En el acuerdo se describe es “para la instalación de una reguladora de presión y de un cárcamo de bombeo de aguas negras, para provisionalmente solventar las necesidades, tanto de regular la presión de agua, como desahogar las aguas negras de todas las viviendas construidas en ese fraccionamiento”.

Fue el 1 de julio de 2018, cuando el propietario de los predios arrendados, concluye el contrato de arrendamiento con URBI.
Y existe la sentencia condenatoria de un juez. Ordena a la constructora a desocupar los predios y devolverlos.

CESPT AVALÓ ILEGALIDAD

A pesar de todo el conocimiento que todos los directivos de la CESPT tienen del tema, recibió el fraccionamiento. Sin que cuente con las instalaciones definitivas de estas importantes obras para el funcionamiento del agua y drenaje, aceptaron avalarlo y así URBI poder continuar la venta de las viviendas.

Con esas acciones, además la paraestatal violó los artículos 69,70 y 71 de la Ley de Obras Públicas, Equipamientos, Suministros y Servicios del Estado de Baja California.

La decisión de desconectar el drenaje a miles de hogares puede suceder en cualquier momento, dado que existe legalmente una sentencia para ello y la propiedad es de una inmobiliaria, cuyos predios jamás ha vendido.