CIUDAD DE MÉXICO.- Consumidores de marihuana podrían portar 200 gramos; el Senado tiene lista la nueva iniciativa para regular el consumo adulto de la hierba y revive al Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis.
Se castiga con hasta ocho años de cárcel a quien porte más de 200 gramos y hasta con 15 años de prisión a proveedores y operadores de “cocinas” de drogas.
La nueva propuesta de ley distribuida el fin de semana entre los senadores de los partidos políticos, a fin de presentarla en el pleno el martes y comenzar a trabajar en su aprobación después de la elección del nuevo ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las personas que consuman marihuana tramitarían un permiso para portar 28 gramos hasta 200 gramos, así como para sembrar hasta seis plantas en su casa.
Deberán respetar a las personas que no consumen la hierba, quienes tendrán derecho a presentar denuncias administrativas para proteger su derecho a la salud;por ningún motivo los consumidores podrán fumarla dentro o cerca de escuelas, oficinas de gobierno, centros comerciales, parques, parques de diversiones o ferias, estadios o deportivos.
Dicha iniciativa se basa en el dictamen que aprobó el Senado el 19 de novimbre de 2020, con 82 votos en favor, 18 en contra y siete abstenciones,la decisión fue comenzar nuevamente el proceso legislativodado que la Cámara de Diputados le hizo cambios a la minuta que le envió el Senado que implicaron un retroceso y violaciones a la Constitución.
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El nacimiento de esta iniciativa cuenta con aval de la mayoría de las fuerzas políticas y es previsible que su paso por las comisiones de Justicia, Salud y Estudios Legislativos, así como su aval en el pleno para enviarla a la Cámara de Diputados.
Además, la iniciativa tiene algunos cambios respecto del dictamen aprobado; el castigo de cárcel para quien porte más de 200 gramos de mariguana, el Senado avaló hasta 11 años de prisión y en la nueva iniciativa establece máximo de ocho años.
Se incluye “cocinas” de droga, “se impondrán de cinco a 15años de prisión y de 100 a 300días multa, así como decomiso de los instrumentos, objetos y productos del delito, al que desvíe o contribuya a desviar precursores químicos, productos químicos esenciales o máquinas, al cultivo, extracción, producción, preparación o acondicionamiento de narcóticos en cualquier forma prohibida por la ley. Si el narcótico se trata del cannabis sicoactivo, la pena será de dos a cinco años de prisión”.
El Senado mantiene que “el consumo de cannabis sicoactivo que efectúen las personas no deberá realizarse frente a niñas, niños y adolescentes, así como de personas que no hayan otorgado su consentimiento libre e informado, a fin de salvaguardar sus derechos y evitar el impacto negativo del humo de segunda mano".
También, en la vivienda donde se efectúe el consumo sicoactivo, las personas deberán tomar medidas necesarias que impidan que el humo de segunda mano pueda ser inhalado por personas diversas a las personas consumidoras”.
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